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    ESTATUTO INTEGRAL DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIAPAS, SECCIÓN DÉCIMA SÉPTIMA DE LA EVALUACIÓN PROFESIONAL PARA LA TITULACIÓN DE LAS PERSONAS EGRESADAS, ARTICULO 197 Y 198. APROBADO POR EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO EN LA TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA, CELEBRADA EL 13 DE JULIO DE 2022 Y PUBLICADO EN LA PÁGINA ELECTRÓNICA OFICIAL DE LA UNIVERSIDAD EL 22 DE AGOSTO DE 2022, INICIANDO SU VIGENCIA EL 23 DE AGOSTO DE 2022.

     

    Artículo 197. Las personas estudiantes de las diferentes carreras que se imparten en esta Universidad, para cumplir con la evaluación profesional podrán optar por cualquiera de las formas siguientes:

    • Reconocimiento a la excelencia académica.
    • Evaluaciones de conocimientos profesionales.
    •    a) Mérito académico.
    •    b) Práctica profesional.
    • Defensa de Tesis.
    • Por créditos de posgrado.
    • Examen General para el Egreso de la Licenciatura (EGEL) que aplica el Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior, A.C. (CENEVAL).
    • Seminario de Titulación.

     

    Artículo 198. Para que la persona egresada pueda obtener el Título Profesional, debe iniciar el procedimiento de evaluación profesional y optar por cualquiera de las formas establecidas en el artículo anterior y debiendo de cumplir con los requisitos siguientes:

    • Haber acreditado el total de materias, asignaturas o unidades de competencia, de acuerdo con el plan de estudios que le corresponde.
    • Cumplir con el servicio social conforme a la normatividad aplicable.
    • Cumplir con los requisitos establecidos en la legislación, respecto al proceso de titulación.
    • Aprobar la opción elegida de evaluación profesional.
    • Cumplir con los requisitos administrativos correspondientes.
    • No haber sido sancionado por violaciones graves a la Legislación Universitaria.

     

    Para más información da click en el siguiente enlace:

     

    https://siae.unach.mx/principal/